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DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://coloradoco.es/:

SITUACIÓN DE CUMPLIMIENTO

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican en el siguiente punto.

CONTENIDO NO ACCESIBLE

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

Podrían existir algunos aspectos de contraste que no cumplan los mínimos exigidos, 3:1, con respecto a los colores adyacentes del fondo de la sección de la web en cuestión. [9.1.4.11 Contraste no textual]

Podrían existir algunas etiquetas o instrucciones no etiquetadas correctamente [9.3.3.2 Etiquetas o instrucciones]

Podrían no existir mecanismos para revisar, confirmar y corregir la información antes de finalizar el envío de datos. [9.3.3.4 Etiquetas o instrucciones]

Carga desproporcionada

No aplica.

PREPARACIÓN DE LA SIGUIENTE DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD

La presente declaración fue preparada el 1 de junio de 2023.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por la propia empresa.

OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

A través del email de contacto hola@coloradoco.es.  

Puede presentar:

Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4

Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Las quejas y reclamaciones sobre información accesible se realizarán a través del email anterior.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.